Resumen | |
[J] | Propiedad intelectual. Derechos de autor. Intransmisibilidad inter vivos de la acción de revisión del art. 47 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual: el titular derivativo de derechos de autor no está legitimado para ejercitarla(publicado en Actualidad Diaria 3157 el 11 de julio de 2016) |
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La sentencia de la Audiencia Provincial resume los hitos fundamentales del litigio del siguiente modo: A, S.L. después de afirmar que había suscrito con T, el 1 de marzo y el 21 de noviembre de 2005, dos contratos de cesión en exclusiva de los derechos de impresión, encuadernación, publicidad y venta de la edición de los libros
A) De carácter declarativo : a) La de incumplimiento de los referidos contratos. b) La de infracción de los derechos de propiedad intelectual de la demandante. c) La de resolución de los contratos referidos. B) Acciones de cesación : d) En la explotación de las obras cedidas. e) Particularmente, en la explotación de una obra (un libro) que contenía diversas obras que la demandada había transformado. C) Acciones de resarcimiento de daños : f) Indemnización por el daño patrimonial derivado de los incumplimientos referidos. g) Indemnización de 100.000 euros, cantidad fijada a tanto alzado por la omisión de la indicación de autoría en dos libros concretos (
D) También ejercitó la acción de revisión prevista en el art. 47 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (en lo sucesivo, TRLPI) en solicitud de que se revisara la remuneración fijada en el contrato por desproporción entre la establecida por las partes y los beneficios obtenidos por la editorial demandada, y se fijara la retribución que se estimara equitativa. La sentencia del Juzgado Mercantil estimó en parte la demanda. Concretamente, estimó todas las acciones declarativas, así como las acciones de cesación. No obstante, desestimó íntegramente las pretensiones de resarcimiento de los daños y perjuicios, así como la acción de revisión. La Audiencia Provincial dictó sentencia en la que desestimó el recurso de apelación de T y estimó en parte el recurso interpuesto por A. El Supremo desestima el recurso de A y estima en parte el recurso de T.>7p> | |
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